martes, noviembre 06, 2012

Toma de nota a panista corrupto del SNTSS, otro insulto a los trabajadores del IMSS y de México.



: Gabriel Ávila.
Manuel Vallejo Barragan
La Toma de nota que el presidente saliente Felipe Calderón entrega personalmente a Manuel Por Vallejo Barragán como Secretario General del Sindicato Nacional de trabajadores del Seguro Social es un acto vandálico contra los trabajadores del Seguro Social  y del país por su notoria  influencia para que la STyPS Secretaria del Trabajo  otorgue  reconocimiento de secretario General del Sindicato de Trabajadores del Seguro Social a un Mpersonaje cuyo proceso de elección fue impugnado por las arbitrariedades y corruptelas cometidas al interior del SNTSS mediante 3 denuncias penales contra quienes resulten responsables de los delitos de abuso y usurpación de funciones, pues hubo personas que intervinieron en el proceso y no tenían facultades legales para ello así como la denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, porque se violentaron los derechos sindicales de los trabajadores del Seguro Social.
Sin existir sentencia aún,  quien debería, por su envestidura presidencial ser ejemplo de civilidad llevó a cabo un acto más de prepotencia entregando una  toma de nota sin respetar el orden legal, pues a todas luces es notoria su insatisfacción al no haber terminado durante su mandato  con la institución más valiosa producto de la revolución mexicana pese al daño que su gobierno ha infringido a través del abuso y corrupción solapada tanto  a directivos como a  líderes sindicales;  prueba de ello son las nuevas declaraciones el 5 de noviembre 2012 de  Carlos Gálvez presidente de la Comisión de Vigilancia del Instituto al celebrarse la sesión ordinaria de la 103 asamblea del IMSS quien vuelve a dar un panorama gris sobre su estado financiero, como lo han hecho  sistemáticamente las administraciones panistas durante su mandato sin buscar  ninguna mejora   a través de políticas anticorrupción sino culpando a la clase trabajadora  del quebranto de  una institución clave para México, a despecho de las declaraciones de Enrique Peña Nieto publicadas el día anterior en las que  asegura que el IMSS seguirá vigente pese a la creación del Sistema de Seguridad Social Universal descartando la desaparición del IMSS en su gobierno y asegurando que el IMSS tendrá el mismo papel que ahora; formará parte de las instituciones que permitan  consolidar el sistema  de seguridad Social Universal. Acotando que el ahorro y prestaciones de sus derechohabientes están seguros.
Los trabajadores  que realmente desean frenar las imposiciones y corruptelas al interior del Seguro Social seguramente  buscarán las alternativas legales para que se ejerza el imperio de la ley ante los últimos ataques de la clase política que ostenta el poder y que siempre ha despreciado,  aunque intente disimularlo,  las conquistas laborales de los trabajadores de México

sábado, noviembre 03, 2012

ESTO ES UN FRAUDE A NUESTRO CONTRATO COLECTIVO Y AL REGIMEN DE PENSIONES Y JUBILACIONES PUES


Estará enterado Daniel Karan  Ho forma parte de corrupció
A QUIEN CORRESPONDA:  QUIERO COMENTARTE LO QUE ESTA SUSCEDIENDO EN EL SINDICATO DEL IMSS, COMO EL PODER PERMITE REALIZAR ACTOS DESHONESTOS Y CORRUPTOS.
ANTECEDENTES: EL SECRETARIO GENERAL DE LA SECCION XXXIV, EL ENFERMERO GACHUZ GOMEZ ANDRES CON NUMERO DE MATRICULA 3561194, INGRESO A ESTE SINDICATO TENIENDO LA CATEGORIA DE AUXILIAR DE ENFERMERIA, A LA FECHA ESTA COBRANDO COMO ENFERMERO ESPECIALISTA EN SALUD PUBLICA (ANEXO TARJETON DE COBRO) ESTO PARECERIA NORMAL, PERO  NO TENEMOS CONOCIMIENTO DE QUE HAYA REALIZADO CURSO ALGUNO PARA TENER ESTA CATEGORIA. ESTO NO ES TODO,
HECHOS: SU BRAZO DERECHO EN LA SECRETARIA, EL TECNICO EN RADIOLOGIA   GARCIA CRUZ BENITO INGRESO AL SINDICATO TENIENDO LA CATEGORIA MENCIONADA Y HASTA LA PRIMERA QUINCENA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO ASI LO REFLEJABA SU TARJETON DE COBRO. PERO SORPRENDENTEMENTE EL ENFERMERO GACHUZ LE PIDIO SE JUBILARA, COSA EXTRAÑA PORQUE AL PARECER EL SERIA EL NUEVO SECRETARIO DE LA SECCIÓN XXXIV, E IGUALMENTE SORPRENDENTE ES QUE EN EL TARJETON DE LA SIGUIENTE QUINCENA (2a DE SEPTIEMBRE) APARECIERA EN SU TARJETON LA CATEGORIA DE QUIMICO CLINICO JEFE DE SECCION. ESTO NOS INDIGNO  MUCHISIMO PUES PARA ACCEDER A ESTA CATEGORIA, PRIMERO DEBES DE TENER LA CATEGORIA DE QUIMICO CLINICO Y POSTERIORMENTE PRESENTAR EL EXAMEN PARA LA JEFATURA DE SECCION, (EN LA ACTUALIDAD HAY MUCHOS COMPAÑEROS QUE PRESENTARON EL EXAMEN Y ESTAN ESPERANDO HAYA UNA BASE PARA OCUPAR LA JEFATURA DE SECCION). AL CONSULTAR EN LA BASE DE DATOS DE LA SECRETARIA DE PROFESIONES NUNCA ENCONTRAMOS UNA CEDULA PROFESIONAL DE QUIMICO QUE PERTENECIERA AL C. GARCIA.
A MAS DE ESTO, LA ESPOSA DEL T. R. GARCIA, LA C. VAZQUEZ BERNAL MARIA ISABEL CON NUMERO DE MATRICULA 5952875 INGRESO AL SINDICATO COMO OFICIAL DE PUERICULTURA, LA MISMA HISTORIA OCURRIO CON ELLA YA QUE EN LA SEGUNDA QUINCENA DEL MES DE SEPTIEMBRE APARECE CON LA CATEGORIA DE JEFE DE OFICINA A 80, CABE ACLARAR QUE ESTOS SON PUESTOS ESCALAFONARIOS INTEGRADOS POR 5 CATEGORIAS Y PARA QUE OCUPES LA CATEGORIA DE JEFE DE OFICINA DEBES DE HABER PRESENTADO 5 EXAMENES E IR SUBIENDO DE CATEGORIA PROGRESIVAMENTE. 
AHORA BIEN, DICHOS "TRABAJADORES" PRETENDEN JUBILARSE COMO LO MARCA NUESTRO CONTRATO COLECTIVO EN SU ARTICULO 4  QUE A LA LETRA DICE " LAS CUANTIAS DE LAS JUBILACIONES O PENSIONES, SE DETERMINARAN CON BASE A LOS FACTORES SIGUIENTES:  b) EL ULTIMO SALARIO QUE EL TRABAJADOR DISFRUTABA AL MOMENTO DE LA JUBILACION O PENSION "
ESTO ES UN FRAUDE A NUESTRO CONTRATO COLECTIVO Y AL REGIMEN DE PENSIONES Y JUBILACIONES PUES PRETENDEN QUE SE LES OTORGUE UN PAGO MUCHO MAS ALTO AL QUE LES CORRESPONDERIA.
QUIERO HACER NOTAR QUE ESTO ES LA PUNTA DEL ICEBERG PUES FALTA SABER QUIEN O QUIENES AUTORIZARON ESTOS CAMBIOS, PORQUE SIEMPRE SE REALIZAN EN UNA COMISION MIXTA QUE ESTA INTEGRADA POR MIEMBROS DEL SINDICATO Y EL INSTITUTO.
QUIERO AGRADECER SU ATENCION A ESTE CORREO Y LE ENVIO COPIA DE LOS TARJETONES EN LOS QUE SE COMPRUEBA LO QUE LE HE MENCIONADO
MUCHISIMAS GRACIAS Y SOLO DENUNCIANDO LOS MALOS MANEJOS DE NUESTROS DIREGENTES PODREMOS REDUCIR LA CORRUPCION EN NUESTROS SINDICATOS Y EN NUESTRO PAIS EN GENERAL
  De: Susana Paz robles susanapazrobles@yahoo.com.mx

viernes, noviembre 02, 2012

Derecho de Alumbrado Público (DAP), Su Cobro Es Anticonstitucional


 
Por José Alberto SANCHEZ NAVA

          1.-Comisión Federal de Electricidad nos envía cada bimestre el aviso-recibo que comúnmente denominamos “Recibo de Luz” de nuestras viviendas o cada mes si se trata de algún negocio, en dicho recibo se nos aplica un sobre cobro denominado “Derecho de Alumbrado Público” y aparece como un cargo con las siglas (DAP), el cual se refiere a que los usuarios del servicio de energía eléctrica estamos obligados a pagar un 10% (diez por ciento), adicional al consumo de energía eléctrica de nuestro hogar o negocio, por concepto de Alumbrado Público, lo cual es absolutamente anticonstitucional.

          2.- El origen del cobro del Derecho de Alumbrado Publico, se apoya en las Leyes de Ingresos de los Municipios y sus respectivas Leyes de Hacienda, que cada año se aprueban por el Congreso del Estado y que a su vez son publicadas por el Poder Ejecutivo en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, leyes en que se autoriza a los diez Ayuntamientos para retener por conducto de las oficinas de Comisión Federal de Electricidad, un diez por ciento adicional de nuestro consumo habitual, por cobro de alumbrado publico, tan claro, como el hecho de que si usted consume el equivalente a mil pesos por consumo de energía eléctrica, debe usted pagar cien pesos más, por el dichoso Derecho de Alumbrado Publico.

          3.- En cada una de las Leyes de Hacienda de los diez Municipios en el Estado de Colima, se establece, que las personas físicas o morales, propietarias o poseedoras de predios ubicados en el Municipio respectivo, están obligadas a contribuir para el sostenimiento del servicio de alumbrado público, basta que hayan contratado el servicio de energía eléctrica, para que el cobro de alumbrado publico se cargue en el “recibo de luz” de la Comisión Federal De Electricidad, en donde se instruye que se le cargue a Usted, un 10% adicional a lo que usted haya consumido de energía, por ese concepto.

          4.- Todo lo expuesto, es violatorio de las Garantías de Proporcionalidad y Equidad establecidas en el artículo 31 fracción IV de la Constitución General de la República, porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación  ha establecido jurisprudencia firme en el sentido de que cuando las leyes de ingresos de los municipios establezcan como base para el cobro del alumbrado publico la cantidad que se paga por el consumo interno de energía eléctrica del hogar o negocio del consumidor, invaden la esfera de atribuciones de la federación, esto es así, porque en los términos de lo previsto en el artículo 31, fracción IV de la Constitución General de la República, los gobernados deben contribuir al pago de los gastos públicos, pero esa contribución debe ser equitativa, por tanto, no es correcto tomar como base para el pago por el servicio de alumbrado público el consumo de energía eléctrica -interna- domestico o comercial, porque con ello se rompe la relación que debe existir entre el objeto de una contribución (alumbrado publico) y su base (El consumo de la energía eléctrica –interna- que cada usuario tenga ya sea en su hogar, negocio o establecimiento.), ya que en este caso, no hay ninguna relación entre lo que se consume de energía eléctrica y la cantidad que debe pagarse por alumbrado público (10% del consumo –interno- domestico o comercial), puesto que nos enfrentamos a lo injusto que representa, lo siguiente: “-Quien no consume energía eléctrica no paga el servicio de alumbrado público, y quien lo hace paga en proporción a su consumo, no obstante que ambos hagan uso del alumbrado público; amén de que, como ha quedado apuntado, si el indicado derecho de alumbrado publico se calcula en base al consumo interno de energía eléctrica de una casa o un negocio, lo que realmente se está gravando es ese consumo, y no el alumbrado publico, por ende, las leyes de ingresos de los municipios que graban el consumo de energía eléctrica con un 10% para cobrarse el alumbrado publico, invaden la esfera de atribuciones de la Federación.” de acuerdo con lo que se establece en el artículo 73, fracción XXIX, inciso 50., subinciso a), de la Constitución, en el cual se establece que: “Es facultad del Congreso de la Unión establecer contribuciones sobre el consumo de energía eléctrica;”.

          5.- Es indudable, que en los términos en que se nos cobra a los ciudadanos el derecho de alumbrado público es absolutamente inconstitucional, para hacer valer esa injusticia es necesario la organización de la ciudadanía para acudir en vía de amparo ante in juzgado de distrito a solicitar la protección de la justicia federal o en la vía ordinaria ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, esto, una vez que se lleve a cabo el primer acto de aplicación de la ley de ingresos para el ejercicio fiscal cada año y de cada Municipio, es decir en cuanto llegue el primer recibo de cobro de luz en el año o el primer recibo si es contrato nuevo, debemos verificar si persiste o no, el cobro de 10%, por concepto del DAP, porque pudiera ser, que los diados si verdaderamente están trabajando en beneficio de la población, debieron de haber eximido de ese inconstitucional cobro de alumbrado publico de las Leyes de Ingresos de los Municipios, si no es asi, se deben inicial los procesos judiciales y administrativos correspondientes.
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El violador perredista Mario Moreno Conrado

El alcade perredista Mario Moreno Conrado viola el Art. 19 de la Declaración de Derechos Humanos: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, así como su difusión, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión". Declaración Universal de los Derechos Humanos; Asamblea General de la ONU el 10.12.1948.
Dónde están los representantes de los Derechos Humanos para defender y hacer respetar el articulo 19 y no permitir la violación de este articulo por este empleado del pueblo, quien se lo pasa por el "arco del triunfo" tal vez por su ignorancia o por estar enfermo de poder o desconocer el significado de la palabra SERVIDOR PÚBLICO, basta con ver el video que esta públicado en esta página titulado "Vehículos del ayuntamiento de Ixtapaluca al servicio del PRD".

Documenta la procuraduría mexiquense nexos de funcionarios con el crimen organizado

Toluca, Méx.- Con base a investigaciones ministeriales de la Procuraduría de Justicia del Estado de México, se ha logrado documentar que altos funcionarios y elementos de la Dirección Municipal de Seguridad Pública del Ayuntamiento de Ixtapaluca, mantienen nexos con el crimen organizado que opera en las inmediaciones del municipio, reveló una fuente de la dirección general de responsabilidades de la procuraduría mexiquense.Según la fuente confirmó que el entonces director de seguridad publica municipal Carlos Eduardo Álvarez Escalante, que fue contratado por el alcalde perredista Mario Moreno Conrado, se encontraba relacionado con el crimen organizado según la averiguación previa AME/MR/135/07, otro caso, el jefe de turno de la policía municipal Jorge Fernández Vela, quien esta presuntamente involucrado en el robo de vehículos con violencia según la averiguación previa IXTA/II/5851/05.Asimismo, en la indagatoria AME/MR/341/07 se investiga al comandante de la policía municipal Sergio Alcalá Girón, por su presunta relación con bandas dedicadas al robo de autotransporte de carga en la carretera federal México-Puebla. Al igual, el comandante Miguel Ángel Rodríguez Ávila esta siendo procesado por el delito de violación en la averiguación AME/MR/322/07.La fuente de la procuraduría mexiquense asegura que Jorge Acosta Ramírez, quien es funcionario policiaco y concuño del entonces director de seguridad pública esta siendo investigado por su presunta relación con el trafico de estupefacientes según consta en las averiguaciones previas AME/MR/135/07 y AME/MR/273/07.En la mesa de responsabilidades de la Subprocuraduría de Justicia de Amecameca, se tiene documentados la presunta participación de algunos elementos de la policía municipal en actividades ilícitas, los casos de los policías Margarita Rodríguez Pérez, Gisela Santamarina Campos y Miriam Cortéz Ramírez quienes son relacionadas en los delitos que se enumeran en la averiguación previa AME/MR/09/07.A tal grado es la corrupción al interior de la administración del alcalde Mario Moreno Conrado, que la S ubprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), de la Procuraduría General de la República atrajo las averiguaciones previas AME/MR/135/07, AME/MR/341/07, AME/MR/014/07, AME/MR/019/07, AME/MR/134/07, AME/MR/209/07, AME/MR/213/07, AME/MR/230/07, AME/MR/244/07, AME/MR/244/07, AME/MR/273/07, AME/MR/291/07 y AME/MR/322/07 en donde se relacionan a altos funcionarios y elementos de la policía municipal en actividades ilícitas con el crimen organizado...