En conferencia de prensa el día 30 de julio del 2010 el Director del IMSS Daniel Karam Toumeh, habló de que: “No habrá ningún cambio en el monto que reciben los más de 2.5 millones de pensionados y que
pueden estar tranquilos”. Al día siguiente advierte que el Instituto siempre actuará de acuerdo con lo que señala la Ley. Uno de tantos expertos en la materia, el Lic. Arturo Alcalde Justiniani, opina y manifiesta las siguientes interrogantes: ¿Por qué después de tantos años de vigencia de la Ley del Seguro Social de 1973, repentinamente cambian las reglas del juego en un asunto tan sensible para miles de familias?, ¿La jurisprudencia 85/2010 debe entenderse únicamente aplicable al tema de la cotización ó necesariamente
está vinculada al monto de las pensiones? ¿En qué condición quedarían los que ya perciben una pensión superior a los 10 salarios mínimos? Las anteriores interrogantes nos las hacemos, pero sobre todo nos preguntamos cuando terminará la incertidumbre y las sorpresas en las que los trabajadores obtendrán la peor parte.
Aunado a lo anterior, al IMSS lo agobian juicios de demandas laborales y fiscales a tal grado que desde el 2004 tuvo la necesidad de crear el Programa Nacional de Atención y Control de Juicios, pero ni con ello logran contenerlas, principalmente las laborales. Al 31 de diciembre de 2009, el organismo enfrentaba 110 mil 420 demandas laborales, que es el 14 por ciento más que el año anterior. El presidente de la Academia Mexicana de Derecho de la Seguridad Social, Alberto Briseño, dijo que son demasiados los juicios que
enfrenta el organismo y que representan un importante golpe a sus finanzas.
Agregó que se vuelve necesaria una reorganización administrativa en su calidad de patrón, y de los servicios y la atención que presta el Seguro Social.
En el 2004 el Consejo Técnico del IMSS y las autoridades de dicho organismo autorizaron la contratación de más abogados y dotaron de computadoras a las jefaturas de los servicios jurídicos para desahogar los asuntos, siendo las principales causas: liquidación, reinstalación, finiquitos calculados incorrectamente, falta de claridad y sencillez en el desglose de los conceptos que integran la jubilación o pensión, cobro indebido de cuotas obrero patronales y recaudaciones erróneas. Ante todo lo anterior a los JUBILADOS Y PENSIONADOS solo nos quedan las alternativas de UNIRNOS, ORGANIZARNOS y ASOCIARNOS para proteger nuestra pensión§.
Tribuna Social
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