lunes, mayo 31, 2010

La cúpula del Sindicuento que encabeza "el líder charro" Valdemar Gutiérrez, impone reglas a las viudas y familiares muy severas ¡qué gandalla!


La cúpula del SNTSS reunida en el LXIV Consejo Nacional Ordinario, impone reglas a las viudas y familiares de los jubilados y pensionados que fallecen, para el pago del Fondo de Ayuda Sindical por Defunción.
En el 2008, después de desaparecer en otro evento similar el Fondo de Ayuda Sindical por defunción o Incapacidad Total Permanente y la Mutualidad de los Trabajadores, hoy eliminan del Artículo 2º, el último párrafo donde se fundamentaban los derechos de los familiares del fallecido intestado consignados en la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 501º y que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje designaba, para dar paso a la modificación del Artículo 9º, donde se determinaba el laudo o sentencia emitida por la propia JFCA.
Ahora se desconoce a la autoridad y se abroga para sí, el CEN del SNTSS el derecho a determinar cómo le plazca, a quien entregar el beneficio, pudiendo con ello fomentar actos de corrupción.
En el Artículo 15º del Reglamento estaba la prescripción a reclamar las acciones del pago del Fondo de Ayuda Sindical por Defunción, al igual que en los Artículos 519 y 522 de la Ley Federal del Trabajo, por lo tanto el SNTSS no puede desconocer esos fundamentos que dan vigencia de dos años improrrogables.
De los actuales Transitorios, el Primero, deja sin efectos los Reglamentos anteriores, desapareciendo el derecho a todos aquellos trabajadores que en el futuro tengan una Incapacidad Total y Permanente, perdiendo el espíritu por el que fue creado.
El Segundo y el Tercero siguen limitando a quienes a su defunción, se hubieren Jubilado o pensionado hasta el 31 de octubre del 2000, y que recibirán únicamente $5,000.00 por concepto de Mutualidad y para quienes a su defunción se hubieren Jubilado o Pensionado hasta el 31 de Mayo del 2002, recibirán $10,000.00 por concepto de Ayuda Sindical por Defunción o Incapacidad Total Permanente.
Para la Ayuda de Gastos de Funeral, que por cierto corresponden a momentos tristes que viven las familias, el sindicato exige muchos requisitos que a veces los familiares no pueden cumplir quedándose los recursos en las arcas sindicales, y cuando hay que pagar esa prestación se tardan hasta dos años.
¿Por qué? tanto “manoseo” a esos Seguros considerados Pecuniarios. Quedan fuera del Reglamento, los que se Jubilaron antes de las fechas consignadas, pero que siguen aportando sus cuotas y que todavía no fallecen, ¿Cuánto pretenderán pagarle a sus beneficiarios a la fecha de su fallecimiento? Habrá seguramente muchas demandas laborales de quienes resulten afectados, por ello hay que instruir muy bien a nuestros familiares§.

Tribuna Social Victor Hugo del Rio Lopez

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El violador perredista Mario Moreno Conrado

El alcade perredista Mario Moreno Conrado viola el Art. 19 de la Declaración de Derechos Humanos: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, así como su difusión, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión". Declaración Universal de los Derechos Humanos; Asamblea General de la ONU el 10.12.1948.
Dónde están los representantes de los Derechos Humanos para defender y hacer respetar el articulo 19 y no permitir la violación de este articulo por este empleado del pueblo, quien se lo pasa por el "arco del triunfo" tal vez por su ignorancia o por estar enfermo de poder o desconocer el significado de la palabra SERVIDOR PÚBLICO, basta con ver el video que esta públicado en esta página titulado "Vehículos del ayuntamiento de Ixtapaluca al servicio del PRD".

Documenta la procuraduría mexiquense nexos de funcionarios con el crimen organizado

Toluca, Méx.- Con base a investigaciones ministeriales de la Procuraduría de Justicia del Estado de México, se ha logrado documentar que altos funcionarios y elementos de la Dirección Municipal de Seguridad Pública del Ayuntamiento de Ixtapaluca, mantienen nexos con el crimen organizado que opera en las inmediaciones del municipio, reveló una fuente de la dirección general de responsabilidades de la procuraduría mexiquense.Según la fuente confirmó que el entonces director de seguridad publica municipal Carlos Eduardo Álvarez Escalante, que fue contratado por el alcalde perredista Mario Moreno Conrado, se encontraba relacionado con el crimen organizado según la averiguación previa AME/MR/135/07, otro caso, el jefe de turno de la policía municipal Jorge Fernández Vela, quien esta presuntamente involucrado en el robo de vehículos con violencia según la averiguación previa IXTA/II/5851/05.Asimismo, en la indagatoria AME/MR/341/07 se investiga al comandante de la policía municipal Sergio Alcalá Girón, por su presunta relación con bandas dedicadas al robo de autotransporte de carga en la carretera federal México-Puebla. Al igual, el comandante Miguel Ángel Rodríguez Ávila esta siendo procesado por el delito de violación en la averiguación AME/MR/322/07.La fuente de la procuraduría mexiquense asegura que Jorge Acosta Ramírez, quien es funcionario policiaco y concuño del entonces director de seguridad pública esta siendo investigado por su presunta relación con el trafico de estupefacientes según consta en las averiguaciones previas AME/MR/135/07 y AME/MR/273/07.En la mesa de responsabilidades de la Subprocuraduría de Justicia de Amecameca, se tiene documentados la presunta participación de algunos elementos de la policía municipal en actividades ilícitas, los casos de los policías Margarita Rodríguez Pérez, Gisela Santamarina Campos y Miriam Cortéz Ramírez quienes son relacionadas en los delitos que se enumeran en la averiguación previa AME/MR/09/07.A tal grado es la corrupción al interior de la administración del alcalde Mario Moreno Conrado, que la S ubprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), de la Procuraduría General de la República atrajo las averiguaciones previas AME/MR/135/07, AME/MR/341/07, AME/MR/014/07, AME/MR/019/07, AME/MR/134/07, AME/MR/209/07, AME/MR/213/07, AME/MR/230/07, AME/MR/244/07, AME/MR/244/07, AME/MR/273/07, AME/MR/291/07 y AME/MR/322/07 en donde se relacionan a altos funcionarios y elementos de la policía municipal en actividades ilícitas con el crimen organizado...