sábado, septiembre 22, 2012

EL IMSS DE CABEZA

24 de Septiembre de 2012
 
Instituto Mexicano del Seguro Social
Departamento de Personal
 
A quien corresponda

Por medio de la presente: con fundamento art.17 y fracción primera del art. 47 de la ley federal de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, art. 133. para los fines personales y legales que a mi persona  convenga en un futro, dado que el Instituto Mexicano del Seguro Social, en la resolución de la jubilación, no ha hecho efectiva en forma automática lo que estipula el art. 21 del reglamento del régimen de jubilaciones y pensiones, los ajustes conforme a la jornada de 6 a la de 6.5  horas en la categoría de inhaloterapia, quien me otorgó el beneficio de la jubilación o pensión, como por igual hasta la fecha no me ha hecho entrega de mi aguinaldo y finiquito, con atención a la categoría de inhaloterapia, El reclamo de reajuste de la jubilación o pensión como consta, copias de la resolución,  cedula de datos para efecto de jubilación o pensión, resultante del precitado Contrato Colectivo de Trabajo habría concluido que la categoría  de inhaloterapia una categoría que según se menciona en el escrito de demanda por el representante legal del Instituto, tiene 3 divisiones por ser pie de rama en las cuales se va ascendiendo escalfonariamente como se demuestra lo hizo basándose en la declaratoria de confeso de verdad en lo mencionado en dicha demanda, válido dé consentimiento libre de vicios, dolo, y la capacidad legal para obligarse por sí mismo, documentos como la propuesta para ocupación de plaza vacante BO705/0875, firmado por los integrantes de la comisión mixta, resolución otorgada de la comisión mixta de jubilaciones y pensiones para trabajadores del IMSS, cedula de datos para efectos de jubilación y pensión que no corresponde con lo señalado en art. 21 del reglamento del régimen de jubilaciones y pensiones, y para que así conste, y en prueba el presente documento, en el lugar y fecha al inicio consignados, de la cual se advierte de acuerdo a la instrumental de actuaciones del juicio confrontando….

E insisto que el tribunal Federal valorando lo señalado por el representante legal del Instituto, por ser pie de rama en las cuales se va ascendiendo escalfonariamente emitió fallo,  sin más por el momento me despido de usted en espera de una pronta respuesta agradeciendo su atención, quedo de ustedes

   
Se anexan copias:
Documentales de la demanda
Copia de la credencial de elector
Ultimo tarjetón de pago
Cedula de datos
Resolución comisión mixta de jubilaciones y pensiones para trabajadores del IMSS


Atte.: Gerardo Rafael Flores Hernández

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El violador perredista Mario Moreno Conrado

El alcade perredista Mario Moreno Conrado viola el Art. 19 de la Declaración de Derechos Humanos: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, así como su difusión, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión". Declaración Universal de los Derechos Humanos; Asamblea General de la ONU el 10.12.1948.
Dónde están los representantes de los Derechos Humanos para defender y hacer respetar el articulo 19 y no permitir la violación de este articulo por este empleado del pueblo, quien se lo pasa por el "arco del triunfo" tal vez por su ignorancia o por estar enfermo de poder o desconocer el significado de la palabra SERVIDOR PÚBLICO, basta con ver el video que esta públicado en esta página titulado "Vehículos del ayuntamiento de Ixtapaluca al servicio del PRD".

Documenta la procuraduría mexiquense nexos de funcionarios con el crimen organizado

Toluca, Méx.- Con base a investigaciones ministeriales de la Procuraduría de Justicia del Estado de México, se ha logrado documentar que altos funcionarios y elementos de la Dirección Municipal de Seguridad Pública del Ayuntamiento de Ixtapaluca, mantienen nexos con el crimen organizado que opera en las inmediaciones del municipio, reveló una fuente de la dirección general de responsabilidades de la procuraduría mexiquense.Según la fuente confirmó que el entonces director de seguridad publica municipal Carlos Eduardo Álvarez Escalante, que fue contratado por el alcalde perredista Mario Moreno Conrado, se encontraba relacionado con el crimen organizado según la averiguación previa AME/MR/135/07, otro caso, el jefe de turno de la policía municipal Jorge Fernández Vela, quien esta presuntamente involucrado en el robo de vehículos con violencia según la averiguación previa IXTA/II/5851/05.Asimismo, en la indagatoria AME/MR/341/07 se investiga al comandante de la policía municipal Sergio Alcalá Girón, por su presunta relación con bandas dedicadas al robo de autotransporte de carga en la carretera federal México-Puebla. Al igual, el comandante Miguel Ángel Rodríguez Ávila esta siendo procesado por el delito de violación en la averiguación AME/MR/322/07.La fuente de la procuraduría mexiquense asegura que Jorge Acosta Ramírez, quien es funcionario policiaco y concuño del entonces director de seguridad pública esta siendo investigado por su presunta relación con el trafico de estupefacientes según consta en las averiguaciones previas AME/MR/135/07 y AME/MR/273/07.En la mesa de responsabilidades de la Subprocuraduría de Justicia de Amecameca, se tiene documentados la presunta participación de algunos elementos de la policía municipal en actividades ilícitas, los casos de los policías Margarita Rodríguez Pérez, Gisela Santamarina Campos y Miriam Cortéz Ramírez quienes son relacionadas en los delitos que se enumeran en la averiguación previa AME/MR/09/07.A tal grado es la corrupción al interior de la administración del alcalde Mario Moreno Conrado, que la S ubprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), de la Procuraduría General de la República atrajo las averiguaciones previas AME/MR/135/07, AME/MR/341/07, AME/MR/014/07, AME/MR/019/07, AME/MR/134/07, AME/MR/209/07, AME/MR/213/07, AME/MR/230/07, AME/MR/244/07, AME/MR/244/07, AME/MR/273/07, AME/MR/291/07 y AME/MR/322/07 en donde se relacionan a altos funcionarios y elementos de la policía municipal en actividades ilícitas con el crimen organizado...